Número 1411 | juev 4 junio 2015 | Año X
|
Ni el síntoma ni el enfermito
son la enfermedad
|
El Agua es de Todos
|
Ni Una Menos, Una Polémica
Me gustaría que alguien me ilumine, escriba, elabore todo lo que implica ésta manifestación "Ni una menos", que se expresó en varios lugares de ésta región, y que al parecer tomó el nombre, la frase consigna, que expresó una militante mujer, mejicana, que fue luego asesinada. Los varones, machistas, que como yo han comprendido, recibido, y utilizado, la herencia maldita de la violencia y la opresión a la mujer como algo "normal", "natural" de la "cultura civilizatoria" de la que venimos hombres y mujeres en éstos tiempos, sienten la justeza y el dolor de éste reclamo. Habría que remontarse a la derrota del matriarcado tal vez para encontrar causas históricas. Pero es un atavismo detrás del cual no podemos seguir escudándonos. Más aun, cuando tanta información parece estar al alcance. Aunque la inmensa mayoría de la "cultura" difunda en los avisos publicitarios, en las manifestaciones artísticas, abundando, remachando, y dando continuidad "moderna", a la opresión, mediante chistes, humor degradante, y shows exitosos. De forma perfumada, con falso amor, con frivolidad glorificante de la imagen de la mujer bella de cuerpo Hay, teóricamente, comprendidos desde la lucidez de algunos sectores de la sociedad, elementos suficientes como para que algo o alguien, o la participación política, o sindical, o la educación formal, o la actuación policial, o jurídica, o la paciencia del amor familiar, o el amor de pareja, puedan ayudar a arrancar, a extirpar, como a un cáncer, de nuestras mentes y cuerpos, los cuerpos y mentes tanto de hombres como de mujeres, las condiciones de violencia de género que hoy se denuncian Un cáncer social que padecen hombres y mujeres. De todos los sectores sociales. Hacer que tome luz y se comience a sanar, significaría que cada individuo, cada "ciudadano/a" ocupe el rol que le toque, denunciara, reviera, repudiara, su propia vida, su historia familiar, sus privilegios, sus recuerdos, su amores guardados, todo aquello que ha pintado en su formación para construir su vida. Está la sociedad en tanta movilización, con tanta fuerza como para acometer esa tarea de liberación social? Está dispuesta a ir a ese fondo?. Tal vez la reforma, la modificación se produzca lentamente. Tal vez sea esa la aspiración. Quien no cambia algo no cambia todo, o quien no cambia todo no cambia nada?. Se puede llevar a cabo sin ideología. Es una tarea neutra? Apolítica? Hay mujeres en ambos lados del fenómeno, como víctimas y como victimarias. Y hombres en la misma situación. Aun cuando ejercemos como género, el "privilegio" de ser los mayores y más consecuentes victimarios. La denuncia está expresada como violencia machista. Creo que así dicho, oculta y disfraza una cuestión mucho más profunda. Oculta la contaminación hereditaria y contagiosa de una violencia mayor, premeditada, de carácter social, y de la cual deviene la llamada machista. Que se manifiesta creciente cada día ante el mayor terreno que viene ganando la participación femenina en muchas actividades de la sociedad. Pero que ha tenido a la mujer como víctima desde tiempos de la "brujería", de las violaciones como arma de guerra, y del esclavismo sexual femenino, precedida y hermanada con la degradación, la castración, la tolerancia tardía (siglo XX) al voto, al derecho laboral, la negativa legal al aborto decidido por voluntad propia, la costosísima independencia económica, la lucha por llegar al reconocimiento de actividad pública cualquiera, los costos en esp ecies para llegar a ser figuras públicas, el peaje oculto del manoseo emocional o físico para tener trabajo, ascensos, igualdad salarial, de oportunidades, etc. etc... Y tantos fenómenos que no alcanzaría ninguna nota a describirlos La opresión generalizada a los más débiles, a los extranjeros, a los de otra religión, color de piel, a los sumisos, a los que no se rebelan, a los que son explotables, a los que son necesarios para que sigan generando beneficios y no se queden con los réditos de lo que producen, a los que envían a las guerras --"legales"-- sangrientas, para que los mandantes sigan usufructuando privilegios, los que van a la masacre o a ser masacrados, los que se mueren de hambre, los que se hunden en el mar para huir de la violencia y el saqueo, los que mueren o son contaminados y o mutilados con venenos y agrotóxicos para producir mas y mas rápido ganancias para los más fuertes, los que mueren quemados por bombas en masacres sin nombre, los que "desaparecen" o son masacrados con crueldad como en Ayotzinapa Volviendo al reclamo puntual, hay opresión que sin llegar al femenicidio, o femicidio en Argentina, puede manifestarse como galantería, poesía, amancebamiento, seducción para proxenetismo, división de tareas domesticas, sexuales, laborales, militares, religiosas, y tantas y tantas formas como culturas, familias, y tipos de comportamiento humano puedan encontrarse No se puede ignorar, implica la muerte, el golpe, tal vez la más desnudada por el show de la "prensa". No se puede ignorar que la muerte mansa se sigue produciendo cada día, sin supuesta violencia. Esta, la de violencia explícita, es una de las vilezas de la opresión. Y una aberrante muestra de la degradación social e individual a la que se puede llegar "Ni una menos" expresa el reclamo de que pare el hoy de esa violencia y muerte de mujeres. Lo entiendo como un "que se detenga... que se haga algo". No es un ruego, es una movilización. Un comienzo Que no gane la barbarie MARCOS ROJO NI UNA MENOS,ENTRE LA CONSCIENCIA POPULAR Y LA HIPOCRESÍA OFICIALISTASin embargo, ese orgullo se transforma en indignación al observar la actitud del gobierno. PARECE MENTIRA QUE EN LA ADMINISTRACIÓN QUE ENCABEZA UNA MUJER, HAYA UNA LEY CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO APROBADA HACE AÑOS POR EL CONGRESO QUE ESA MISMA MUJER NO HA REGLAMENTADO PARA SU APLICACIÓN. UNA LEY APROBADA PERO NO REGLAMENTADA NO PUEDE APLICARSE, Y ESO ES ABSOLUTA RESPONSABILIDAD DEL PODER EJECUTIVO, EN ESTE CASO DE CFK CFK, EN SU DELIRIO VERBORRÁGICO, BRAVUCÓN Y MENTIROSO, ADHIRIÓ A LA MARCHA, PERO NO REGLAMENTA LA LEY. Una demostración cabal de lo que es el kirchnerismo: pura cháchara y engaño. ALGO ASÍ COMO ESE FAMOSO "PROGRESISMO" QUE SE ABRAZA CON EL OSCURANTISMO ECLESIÁSTICO, ESE QUE LE IMPIDE AVANZAR SOBRE OTRO DERECHO TRUNCO QUE CFK LE SIGUE NEGANDO A SU PROPIO GÉNERO: EL DE SER LEGALMENTE DUEÑAS DE SU PROPIO CUERPO Y PODER DECIDIR SI PARIR O NO AL QUEDAR EMBARAZADAS. HABRÍA QUE PREGUNTARLE A LA PRESIDENTA: ¿Y EL ABORTO, DÓNDE ESTÁ? ¿CUÁNTAS MENOS HAY Y HABRÁ POR NO LEGALIZARLO? ¿Faltará mucho para una marcha como la de ayer exigiendo ese derecho para las mujeres? Los miles de militantes y adherentes al kirchnerismo que se movilizaron ayer deberían comenzar a preguntarse sobre estas cosas. GUSTAVO ROBLES # NiUnaMenos, pero no están todasAyer, 3 de junio se realizaron marchas en diferentes ciudades de América Latina por iniciativa de Argentina contra la violencia machista.Acompaño y apoyo todo acto contra la violencia hacia la mujer, pero, creo que de algo nos hemos olvidado . Tod@s. La violencia del Estado hacia la mujer Mientras miles y miles reclamaban en Argentina, en marchas multitudinarias; en una cama del Hospital Gandulfo en Lomas de Zamora una mujer detenida con problemas de salud se encuentra esposada con doble sujeción a la cama. Se denuncian también malos tratos, golpes y sin un tratamiento médico adecuado. La Comisión Provincial por la Memoria de la provincia de Buenos Aires (CPM) ha presentado un habeas corpus y ha solicitado que la justicia evalúe la posibilidad de otorgarle una alternativa de prisión preventiva. Este caso se suma al denunciado hace poco más de una semana por una detenida que dio a luz esposada en el Hospital San Martín de La Plata Esto pasa mientras la Presidenta emitía sus opiniones por Twitter, y la diputada Dulce Granados, esposa del Ministro de Seguridad de Scioli, luciendo un corazoncito dibujado en su mano derecha acompañada por decenas de militantes con pancartas con su nombre se sumaba a la marcha. Quiénes son los que ejercen violencia en las cárceles? No son acaso esos mismos que al llegar a sus hogares violentan a la familia? Muy buenas las marchas, las denuncias, pero falta memoria o voluntad de mirar para adentro del sistema penitenciario, en este caso las situaciones de violencia hacia la mujer de parte del Estado. Y, el Estado somos tod@s. Cuando hoy en "democracia" hay mujeres que dan a luz esposadas, deberíamos estar atentos, denunciar, ser partícipes. Cuántas de las mujeres desaparecidas durante la dictadura no dieron a luz esposadas y recibieron malos tratos?. A caso no se repite la historia?. O, bien, estas mujeres no llevan el mismo 'estatus'?. No son Mujeres a caso? Piden que cesen los tratos crueles a joven esposada a una cama del Hospital Gandulfo PELUSA
- postaporteñ@ 1411 - 2015-06-04
|
'Lo que dice Huidobro es indignante'
Brecha, 29 de mayo, entrevista a Mariana Mota En 2013, cuando fue trasladada de la justicia penal a la civil, investigaba 50 casos de desaparición, asesinato y tortura. La experiencia la llevó a crear un método para investigar a partir de indicios mínimos. En esta entrevista, la jueza Mariana Mota desmiente abiertamente las últimas afirmaciones de Fernández Huidobro sobre .a forma en que Defensa maneja la información militar —¿Cómo fue su experiencia investigando causas de violaciones a los derechos humanos? —Al entrar al juzgado en 2009 encontré casos de muchos años atrás, sin información y sin gente formada. Había que arremangarse y ponerse a estudiar, no sólo normativa y jurisprudencia, sino historia. Buscar información significa revisar archivos y, obviamente, incorporar la que brindan los testigos y los denunciantes. El aporte y la ayuda que han dado las víctimas han sido siempre fundamentales. Pero hay lugares a los que ellos no acceden. En definitiva, necesitás una forma para buscar elementos que no te los da nadie. —¿Cuál fue su método para investigar? —Había causas en las que lo único que tenías era un muerto, que había sido entregado a la familia con una causa de muerte que usualmente era falsa. Eso fue lo que ocurrió en el caso de Aldo Perrini. Yo tenía 20 causas de muertos. De algunos había una reseña histórica en los libros de investigación de Álvaro Rico. Era como tener un índice con elementos sobre los que profundizar. Buscábamos el expediente anterior (del período entre la democracia y la ley de caducidad). O si había documentos en los archivos de las causas penales militares. Eso está en el Poder Judicial, microfilmado. Si encontrabas que la víctima había sido interrogada, más allá de la veracidad de las actas, y encontrabas que había estado detenida con otro individuo, buscábamos a ese otro. Era paso a paso. De donde iba saliendo información, busc&aacut e;bamos más. Así vas armando una causa. —¿Y cuando había que pedirla al Ministerio de Defensa? Esta semana el ministro publicó una carta en la que sostiene que “siempre han brindado información” y que se han respondido 211 de los 237 oficios cursados a esa cartera desde 2011 —Lo que dice Huidobro es muy indignante. Es tomarle el pelo a la gente. Decir esas barbaridades es no saber nada de cómo funciona un proceso. Las veces que le pedimos información demoraba muchísimo en contestarla, cuando no contestaba que “no se tenía información”. —¿Esa era una respuesta usual? —Sí. Él sostiene que desde la justicia se le piden datos sobre el “Conejo” o el “Negro”. Jamás le pedí y me parece absurdo pedirle a cualquier persona: “dame el domicilio del Negro”. A veces, como bien dice, lo único que los detenidos tenían era el apodo, pero entonces nosotros buscábamos. Cruzábamos esa información con la de otros testigos hasta que lográbamos tener el apellido del Negro. Si el apellido era López, teníamos un problema, porque no podíamos pedir información de “un tal López”. Pero si teníamos apellidos que no eran comunes, los pedíamos por ese apellido. Agregábamos el batallón en el que revistaba y un margen de fechas para guiar la búsqueda. Así eran los pedidos. Recuerdo un caso en el que estaba pidiéndole información de Ferro, un militar implicado en muchas causas, pero principalmente en el secuestro de Lilián Celiberti. Teníamos nombre, apellido no común, la unidad en que había estado y el año. Contestaron que no sabían. Lo que respondían era que precisaban más datos: el nombre completo, la cédula de identidad, a veces incluso ponían un “etcétera”. Hasta ahora no sé qué significaba ese “etcétera”. El dato que pedíamos era la dirección del militar para citarlo al juzgado. —¿Cómo lo resolvían? —Si era un apellido no muy común, pedíamos el número de cédula a Identificación Civil. Si nos daban tres o cuatro respuestas para el mismo nombre las íbamos descartando por el número de cédula y la edad. Con eso, pedíamos la dirección al BPS. Teníamos que dar toda la vuelta, porque el Ministerio de Defensa no nos decía dónde vivían. —La carta del ministerio alega la falta de recursos humanos y económicos como excusa para las demoras en responder a los pedidos —Frente a eso yo me pregunto: el Frente Amplio está en el gobierno desde el año 2005, ¿no era un imperativo investigar en las causas de derechos humanos? No digo que se dedicara todo el gobierno a esto, pero ¿no sabía el Ministerio de Defensa que asumía que lo primero que tenía que hacer era ponerse a buscar dónde estaban estas personas y cuál era la información que le tenían que brindar a la justicia? Nadie iba a pedir cosas absurdas, simplemente lo que se está pidiendo son direcciones, legajos, responsables de las unidades militares. —También excusan las demoras en el tamaño de los legajos —Es mentira que cada legajo tenga 200 fojas. Tuve muchos legajos en las manos. Recuerdo alguno particularmente alto, como el de Calcagno, que ya murió, pero al que procesé por desaparición forzada. El de Calcagno tendría 200 fojas porque tenía un sumario enorme, se había mandado una macana de aquellas. El resto no las tenía. Los que tenían legajos grandes eran los militares más importantes, y tampoco eran tantos. Nosotros no pedíamos los legajos de los cabos, sino de los que entendíamos que tenían responsabilidades. Vi que la carta también menciona que no se han encontrado registros del Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA). ¿Cómo no van a saber nada? Si está en los legajos de los militares que revistaban en el OCOA… —La carta refiere también a un decreto de 2013 en el que se ofreció a los jueces que revisaran los archivos en las unidades militares —A mí ya me habían sacado del juzgado penal en ese momento. Pero es, otra vez, desconocer la forma en que funciona la justicia. Yo no hago lo que se me da la gana. Traigo la información al juzgado, porque tiene que verla la defensa y el fiscal. No puedo hacer una investigación secreta, no puedo ir a un archivo y ponerme a buscar. Si sé o sospecho de algo que haya en un archivo, lo tengo que pedir oficialmente. —Para que tenga validez de prueba —Claro. Lo que dice es un disparate. Es también acertado lo que le dice Pablo Chargoñia: precisás conocimientos para entender lo que estás leyendo. Hay jerga y estructuras militares que, para entenderlas, tenés que conocer. Lo vas manejando en la medida en que vas trabajando en las causas, pero hay que aprenderlo. No es cuestión de entrar a un archivo y mirar una serie de páginas como quien mira una guía de los clasificados. —Con esa experiencia, ¿cuáles serían las claves para la investigación a tener en cuenta por el Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia recién creado? —Hay determinados cometidos que le fueron dados que requieren facultades especiales para poder llevarlos adelante. Para investigar dónde están los archivos de la represión que no han aparecido no alcanza con golpear y preguntar. Hay indicios de dónde podrían estar, que, de confirmarse, se necesitan facultades para ir, entrar y sacarlos. No sé si el grupo cuenta con ellas o se lo pasarán a un juez. Para tomar declaración a testigos hay que estar empapado en el caso. A la par, y eso lo descuento porque el grupo tiene muy buena gente, deben tener la sensibilidad necesaria para tomar testimonio. Es enorme el campo que tienen para trabajar, eso es bueno, pero puede paralizar. En Uruguay siempre estamos empezando. En este tema que lleva tanto tiempo obstaculizado, sería buenísimo que coordinara con otros grupos que investiguen y que esas actuaciones fueran tan válidas como si las hiciera el grupo mismo. Hacer alianzas con quien sea necesario según cada finalidad.
El episodio del 300 Carlos
“Estábamos con los testigos
en el Batallón 13 intentando ubicar el 300 Carlos. Testigos que eran
víctimas. Tenían en la retina un galpón en el que los habían torturado, pero
no sabían dónde estaba. Era la cuarta inspección ocular que hacía en
batallones. Habíamos hecho todas las solicitudes, oficios y avisos
necesarios. Iba con la Policía Técnica, que sacaba fotos: para eso se hace la
inspección ocular, los testigos constatan o no el lugar y se sacan fotos de
lo que ellos reconocen como parte de la prueba del expediente. A la vez tenía un efecto reparatorio para las víctimas, que también era importante. Volvían al lugar como denunciantes. Recorrimos todo el predio del 13 y nada. Cuando llegamos al fondo, que se comunica con el del Servicio de Material y Armamento (SMA), reconocieron el galpón en el predio de al lado. Cuando entramos, el direc tor del SMA, de apellido Lozano, no recuerdo su grado militar, nos dice que no podemos sacar fotos. Expliqué que ese era el motivo de la visita. No hubo caso. Le pedí que consultara. Lozano habló por teléfono y me informó que ‘el ministro dice que no se puede sacar fotos’. Pedí a la actuaria que consignara lo dicho y que dejara constancia de mi respuesta en el acta: ‘Dígale al ministro que tiene 48 horas para enviar la información escrita de su negativa al juzgado’. Nunca apareció la negativa. Jamás. Entramos y lo reconocieron. El galpón del SMA en donde funcionó el 300 Carlos estaba arrumbado, cerrado, con cachivaches. Nos negaban la entrada porque decían que ahí había material sensible. Cuando otro día volví con la Técnica a sacar fotos ya éramos cerca de 20 personas, porque se habían sumado denunciantes de otras causas que también habían sido torturados ahí. El ministro nunca dio la orden escrita, fue el subsecretario Menéndez el que nos habilitó para volver a entrar.”
envió F. Moyano - postaporteñ@ 1411 - 2015-06-04
|
Uruguay: Ley para anular la impunidad
Proyecto de
Ley:
Promoción de
las investigaciones por la Verdad y la Justicia
Anulación de
la Ley N° 15.848 de la Caducidad de la Pretensión Punitiva de Estado
Alejandro Sánchez Montevideo, 1 de Junio 2015 Consideraciones preliminares: El presente proyecto de ley, busca colaborar con las aspiraciones y demandas más sentidas de quienes buscan la verdad y la justicia sobre los delitos cometidos durante la etapa represiva desde la aplicación de medidas prontas de seguridad en el año 1968 hasta 1973 y sobre los crímenes de la Dictadura Militar Fascista de 1973 hasta 1985. A pesar de los años, sin claudicar buscamos contribuir con el acceso a la justicia y con la memoria de los mártires de nuestro pueblo. Con este proyecto, no implementamos ninguna medida original, ni elaboración doctrinaria innovadora. Nos basamos en la redacción del texto de reforma constitucional del 2009 y en la ley N° 18.831 de 27 de octubre del 2011. Tomamos los aportes argumentales del Compañero Dr. Helios Sarthou, quien defendía férreamente desde su “Agenda Parlamentaria” (audición radial dominical en CX 36 “Radio Centenario”) la posibilidad de que el Poder Legislativo pudiese anular una ley por él mismo sancionada. El pueblo uruguayo sufrió dos duros reveses, el primero en 1989 con el referéndum de la ley 15.848 que no prosperó, en un contexto de amenazas y de temor en el seno del pueblo al retorno a la Dictadura y una restauración fascista. Los responsables de las atrocidades cometidas todavía tenían el monopolio de las armas, la inmensa mayoría de los mandos militares que estaban en funciones fueron quienes dieron las órdenes o las ejecutaron, para que se perpetuaran los crímenes de lesa humanidad. Detentaban el poder militar a la salida de una dictadura terrorista que duró casi 12 años. En esas circunstancias es comprensible que la mayoría de la población definiera su voto por el miedo a que se pudiera producir un nuevo golpe de estado. El segundo fue con el plebiscito anulatorio del 2009 que también quedó por el camino. Sobre esto último queremos decir que no es cierto que el soberano se haya pronunciado categóricamente y para siempre como se dijo en su momento. En 2009, hubo un plebiscito por iniciativa popular para anular la ley de Caducidad, donde sólo los ciudadanos que pretendíamos dicha anulación, nos manifestamos por “SÍ”. Cuando este tipo de instancia de gobierno directo no alcanza la mayoría prevista en el artículo 331 literal B inciso 2 de la Constitución, lo que ocurre es que no se sanciona la reforma constitucional. En buen romance: no se aprueba una norma constitucional nueva. Esto no es ningún impedimento jurídico para tentar la anulación de la ley N° 15.848 por el mismo o cualquier otro medio. Anular una ley mediante otra, es absolutamente posible: Para que ello ocurra es necesario que la misma ley así lo establezca a texto expreso. Un ejemplo es el art. 52 de la Ley de Defensa del Consumidor (Nº 17.250 de 11 de agosto del 2000) que se transcribe: Articulo 52.- Declárase que las normas relativas a las relaciones de consumo publicadas en el Diario Oficial Nº 25.368, de fecha 30 de setiembre de 1999 y titulada como “Ley Nº 17.189”, carece de toda validez jurídica y debe reputarse inexistente. Un segundo ejemplo -esta vez por su contenido- es el artículo 2 de la Ley N° 15.738, que anula las leyes de la Dictadura que no fueron convalidadas por el artículo 1°. Según la exposición de motivos de esa ley, la nulidad de los actos legislativos del Consejo de Estado que declara el artículo 2° radica en el “evidente espíritu represivo, contrarios a los principios democráticos republicanos, o con el propósito de crear privilegios o beneficios exorbitantes para ciertas categorías de funcionarios representativos del régimen fenecido y de sus colaboradores, en clara violación del principio constitucional de la igualdad...”. El artículo 2° de la ley N° 15.738, se maneja un concepto de “ley” desde el punto de vista sustancial: como norma general y abstracta y no desde un punto de vista orgánico – formal, es decir como norma aprobada por el Poder Legislativo. La carencia de validez es sinónimo de nulidad. Lo de reputarse inexistente es consecuencia lógica de la nulidad de cualquier acto jurídico (una ley, un contrato, etc.). En definitiva nulidad es lo mismo que decir invalidez y la consecuencia es la inexistencia de lo anulado. Si una ley es anulada y por lo tanto se reputa inexistente, entonces los efectos de la nulidad o la anulación se retrotraen necesariamente al pasado. ¿Hasta cuándo?, por lo menos hasta que entró en vigor, es decir a los diez días posteriores a su publicación en el Diario Oficial o hasta la fecha indicada en el propio cuerpo de la ley. El artículo 85 Nº3 de la Constitución establece: Art. 85 A la Asamblea General (léase Poder Legislativo) compete: 3. Expedir leyes relativas a la independencia, seguridad, tranquilidad, y decoro de la República; protección de todos los derechos individuales y fomento de la ilustración, agricultura, industria, comercio interior y exterior. Este artículo establece la principal tarea del Parlamento: legislar. Desde el punto de vista formal creemos que se puede anular una ley mediante otra ley si cumple con todos los rituales previstos en la sección VII de la Constitución. Desde el punto de vista sustancial (contenido) es posible anularla por las siguientes razones: Anular la ley de Impunidad es cumplir con el mandato de “expedir leyes relativas al decoro de la República” ya que es generalmente reconocido que la ley de Caducidad es una vergüenza nacional. Además la ley en cuestión vulnera los derechos individuales, en particular el acceso a la justicia, ya que si el Poder Ejecutivo incluye un caso en el artículo 1º de la ley, el Juez debe clausurar y archivar el juicio sin siquiera haber investigado nada, lo cual es una denegación de justicia. Que no esté explícitamente prevista la anulación de las leyes en la Constitución no es impedimento. En este caso concreto, se trata de una anulación de un acto dictado por el mismo organismo que la creó: el Poder Legislativo en uso dentro de sus atribuciones de la soberanía nacional prevista en la Constitución. Sanción de la Ley N° 18.831 del 2011: La diferencia fundamental entre la derogación y la anulación radica en los efectos: la derogación tiene efectos hacia el futuro, es decir que la nueva ley no se aplica a los casos anteriores a su vigencia. La anulación trae como consecuencia el efecto retroactivo hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley anulada. Para que una ley sea anulada, la nueva ley debe establecer expresamente la nulidad de la ley atacada. Esa diferencia estaba muy clara en el movimiento popular, de ahí el rechazo a cualquier proyecto que implique la derogación. La ley N° 18.381 de 27 de octubre del 2011 restablece la pretensión punitiva del Estado a los delitos cometidos por la Dictadura, aplicándose entonces a los delitos sobre los cuales no hay pronunciamiento, pues en aquellos incluidos en la Ley N° 15.848 por el Poder Ejecutivo ya hay resolución judicial de clausura. Por lo tanto, lo que hay es una derogación tácita, no se utilizó la expresión de estilo “derógase” empleándose una forma indirecta. Para no comprometer posibles situaciones jurídicas amparadas en esa Ley, no atacamos su vigencia, sino que transformamos la derogación en una verdadera anulación, para barrer con todos los efectos de la Ley de Impunidad como si ésta nunca hubiese existido; tal como corresponde con las demandas populares. Hay pasajes de este proyecto que muchos considerarán sobreabundante junto a la Ley N° 18.831, pero es un precio que aceptamos para no perjudicar a personas con situaciones jurídicas individuales. Anulación de la ley N° 15.848: Esta ley debe ser anulada porque su contenido vulnera el derecho al acceso a la justicia, el derecho a la igualdad, el derecho al debido proceso legal, la separación y la independencia de los Poderes y en particular el Poder Judicial y violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos. El artículo 25 del Pacto de San José de Costa Rica reconoce que “Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales”. A) El derecho al acceso a la justicia: Si hacemos esta lectura desde la igualdad procesal, nadie puede ser penado ni absuelto, ni declarado, ni sobreseído, etc. La Ley N° 15.848 coarta todas estas garantías privando la posibilidad del proceso, supeditado a la voluntad política del Poder Ejecutivo. El proceso se redujo en muchas ocasiones a la denuncia (“notitia criminis”), derivación de los antecedentes al Poder Ejecutivo y si entendía que el caso está incluido (art. 3), vuelven los antecedentes al Poder Judicial con la orden legal de clausurar el proceso. Ello dista mucho de ser un verdadero proceso. B) El principio de igualdad frente a la cesión de la Pretensión Punitiva del Estado Sin hacer una enumeración exhaustiva, la pretensión punitiva del estado cede o se debilita ante instituciones jurídicas establecidas expresamente en la Constitución como amnistías e indultos, en la Ley Penal como la prescripción, las causas de impunidad, las circunstancias atenuantes, etc. y la Ley Procesal Penal como la caducidad de la instancia del ofendido. Los institutos creados por ley, tienen un fundamento constitucional, desde el principio de libertad del artículo 10 de la Carta, hasta el principio de debido proceso legal (y penal) del artículo 12. Estos mecanismos que enervan la Pretensión Punitiva del Estado son preestablecidos; no se tomó en cuenta un delito concreto a la hora de consagrar y regular estos institutos. En la ley N° 15.848 se creó un mecanismo de caducidad en base a la “lógica de los hechos”, pero sin fundamento constitucional. De esa forma se creó un beneficio en favor de los autores de dichos delitos dejando en manos del Poder Ejecutivo la posibilidad de establecer la inmunidad judicial para el caso concreto y por tanto la impunidad. El artículo 24 del Pacto de San José de Costa Rica establece que “Todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley”. El artículo 8 de la Constitución de la República dice: “Todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”. C) El derecho al proceso y al Debido Proceso Legal: El artículo 12 de la Constitución de la República ordena que “Nadie puede ser penado ni confinado sin forma de proceso y sentencia legal”. El debido proceso legal es la garantía en todo tipo de proceso (civil, penal, contencioso administrativo, laboral, etc.) y para todas las partes. Si bien en el proceso penal actual (Código del Proceso Penal de 1981) las víctimas (o sus familiares denunciantes) no son partes, pues su lugar lo ocupa el Ministerio Público; debe entenderse que a nadie puede privarse de una solución jurídica sin la debida tramitación y prosecución de todas las etapas del proceso jurisdiccional. Son imprescindibles las garantías de proposición, diligenciamiento de prueba, alegación e impugnación; en un proceso dirigido por un tercero imparcial que culmine con una resolución sobre el fondo del asunto. D) La Separación de Poderes y la situación del Poder Judicial. La ley de impunidad viola la separación de poderes, supeditando jurídicamente el accionar de la Justicia a la discrecionalidad del poder político de turno. De esa forma también se viola la independencia entre los poderes. Porque la ley viola el principio de igualdad, dándole privilegios a una determinada clase de delincuentes por el hecho de haber pertenecido o sido funcionales al poder político fascista de la dictadura. El Estado tiene un derecho y un deber de castigar los delitos (pretensión punitiva) que no caduca por el transcurso del tiempo (en todo caso prescribe según establece el Derecho Penal), sino que cede ante las circunstancias ya descritas. E) El Derecho Internacional de los Derechos Humanos: Las normas internacionales sobre Derechos Humanos tienen la particularidad de pertenecer al elenco de las normas imperativas de Derecho Internacional (también denominadas “Jus Cogens”) que recogen los valores de la sociedad internacional actual en base al consenso sobre muchos aspectos de la vida en comunidad. Uno de ellos son los Derechos Humanos. Este tipo de normas, se pueden hacer valer por cualquier sujeto, incluso frente a un Estado que no haya ratificado la norma internacional de origen convencional. En nuestro Derecho Positivo, no hay una previsión expresa sobre la situación de los Tratados Internacionales. Sin embargo en materia de Derechos Humanos, el art. 72 de la Constitución amplía la enumeración de derechos, deberes y garantías “inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno”. Este artículo permite que las normas internacionales sobre derechos humanos tengan carácter constitucional, independientemente se el Estado las haya rectificado o no. Al auxilio y en complemento de ello, el artículo 332 permite la aplicación de las normas constitucionales aún a falta de “reglamentación” legal sería la Ley (por ejemplo la ley que aprueba un tratado y que faculta al Poder Ejecutivo a proceder a la ratificación). La Convención sobre Imprescriptibilidad de Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad de 1968, consagra la imprescriptibilidad de los asesinatos, las persecuciones por motivos políticos contra la población civil. Esta Convención a su vez se remite a la enumeración del estatuto del Tribunal Militar Internacional de Núremberg de 1946 frente a los crímenes del fascismo alemán o Nazismo en la II Guerra Mundial. A su vez este estatuto se remite a la declaración de Moscú de 1943 sobre la necesidad de enjuiciamiento según la ley, de los criminales de las potencias del eje fascista. En nuestro país, esa Convención, anterior a los crímenes de la Dictadura es totalmente aplicable por las razones constitucionales antes mencionadas. Luego fue ratificada por la ley N° 17.347 de 13 de junio de 2001. Muchos otros instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos, reafirman la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad. Sobre la imprescriptibilidad y las fechas y delitos alcanzados: La Ley N° 18.596 de 19 de setiembre del 2009, en su artículo 2° reconoce la responsabilidad del Estado en la “realización de prácticas sistemáticas de tortura, desaparición forzada y prisión sin intervención del Poder Judicial, homicidios, aniquilación de personas en su integridad psicofísica, exilio político o destierro de la vida social, en el período comprendido desde el 13 de junio de 1968 hasta el 26 de junio de 1973, marcado por la aplicación sistemática de las Medidas Prontas de Seguridad e inspirado en el marco ideológico de la Doctrina de la Seguridad Nacional”. Por esta razón, cabe incluirlos en la imprescriptibilidad consagrada en los tratados internacionales y ratificada en esta ley. Mismo razonamiento cabe en los crímenes de la Dictadura entre 1973 y 1985, respecto a la imprescriptibilidad. El método elegido y la estructura de la ley. En el primer artículo se adopta el mecanismo de la sustitución del art. 1 de la ley N° 18.831 para mantener la vigencia de dicha ley y no afectar las causas fundadas en ella (así sea en todo o en parte). La nueva disposición sustituye la derogación por la anulación de la ley N° 15.848 de 22 de diciembre de 1986. Así se busca promover las investigaciones de los casos incluidos en la ley que se anula en aplicación de su artículo 3°. Esta circunstancia no afecta a las causas fundadas en la Ley N° 18.831, sino que amplía los efectos hacia el pasado como lógica consecuencia de una anulación. El segundo tercer artículos expresan la principal consecuencia de la anulación: la inexistencia de los actos administrativos del Poder Ejecutivo en aplicación del art. 4° de la ley que se anula. Se da una orden expresa al Poder Judicial (regido por el principio de legalidad) de continuar de oficio las causas archivadas por aplicación de la ley que pretendemos su nulidad. También se inhabilita la excepción de cosa juzgada. Sobre este punto, igualmente sostenemos que no es posible hablar en puridad de cosa juzgada cuando no hay un pronunciamiento sobre el fondo de ningún tribunal, sino un acatamiento de la orden que da el Poder Ejecutivo de archivar el caso prevista en el artículo 3, inciso segundo de la ley N° 15.848. El artículo cuarto, reafirma la imprescriptibilidad de los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de estado entre el 13 de junio de 1968 y el 26 de junio de 1973 y de los crímenes de la Dictadura Militar Fascista entre el 27 de junio de 1973 y el 1° de marzo de 1985. Esos delitos son crímenes de lesa humanidad según establece la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad y demás tratados internacionales. Por lo tanto y en consecuencia, el artículo quinto establece la imposibilidad de computar plazo alguno tanto procesal como penal, para obtener alguna declaración de prescripción o caducidad en los tramos que se mencionan en ese artículo Eduardo Rubio Representante Nacional
-
postaporteñ@ 1411 -
2015-06-04
|
La FIFA: Una multinacional de negociados y corrupción
por Alejandro Iturbe Acaba de estallar un escándalo de corrupción y sobornos en la FIFA (la entidad internacional del fútbol) que involucra a altos dirigentes de esa organización, a dirigentes y ex dirigentes de federaciones nacionales y regionales, y a altos ejecutivos de empresas de transmisiones de eventos deportivos. La denuncia fue realizada por el Departamento de Justicia de EEUU que se consideró facultado para intervenir porque varias transacciones financieras del caso fueron realizadas a través de bancos estadounidenses. Los involucrados son Jeffrey Webb, de las Islas Caimán (uno de los vicepresidentes de FIFA), el uruguayo Eugenio Figueredo (ex vicepresidente de la federación sudamericana CONMEBOL); el brasileño José María Marín (ex presidente de la CBF), el costarricense Eduardo Li, el nicaragüense Julio Rocha, el venezolano Rafael Esquivel, el dirigente de Trinidad y Tobago Jack Warner y el británico Costas Takkas. Además, están acusados el funcionario de Desarrollo del organismo, Julio Rocha, y el ex presidente de la CONMEBOL, el paraguayo Nicolás Leóz. En el esquema habría estado involucrado también el argentino Julio Grondona (fallecido ex presidente de la AFA y ex vicepresidente de la FIFA). La denuncia involucra empresarios televisivos como el brasileño José Margulies, el estadounidense Aarón Davidson y el argentino Alejandro Burzaco (CEO de Torneos y Competencias). En junio del año pasado, escribí el artículo “Mundial de fútbol: la FIFA gana, el pueblo brasileño pierde” (1), en el que denunciaba que mientras el país (es decir, el pueblo brasileño) quedaría altamente endeudado por las faraónicas obras que la FIFA había exigido para la realización de la Copa (que sirvieron además para grandes negociados las empresas constructoras ligadas al gobierno del PT), la FIFA se llenaba los bolsillos con ganancias. El artículo incluía esta información: Según sus propios estatutos, la FIFA es una “organización sin fines de lucro”. Es una gran mentira. Se trata en realidad de una especie de “multinacional del deporte” que administra concesiones y franquicias. Sus ingresos provienen de más de 900 contratos comerciales. El 60% de la renta procede de la venta de derechos de transmisión por TV y otro 40% a marketing. De esta forma, la FIFA ganará por esta Copa más de 4.000 millones de dólares, el doble de lo que obtuvo en Alemania 2006. Una cifra que se ve ayudada por el hecho de que el gobierno del Brasil, como compensación por haber sido elegido como país sede, la eximió del pago de impuestos (estimados ahora en unos 500 millones de dólares) El escándalo que acaba de estallar no sólo confirma esto sino que, además, desnuda la estructura de corrupción y sobornos que está por detrás de la concesión de los derechos televisivos. Un sistema que, por un lado, llena los bolsillos de los dirigentes de la FIFA y las federaciones: se habla de cientos de millones de dólares en sobornos y sólo Julio Grondona habría obtenido 15 millones por adjudicar los derechos de transmisión de varios torneos de selecciones sudamericanas (Copa América). Por el otro, los sobornos eran pagados por empresas de transmisiones deportivas que, al obtener la exclusividad de los eventos, se aseguraban grandes ingresos por su venta y por la publicidad que comercializan en esas transmisiones. Un esquema que viene de lejos El actual equipo de dirección que domina la FIFA comenzó a ser construido por el brasileño João Havelange, presidente de la entidad entre 1974 y 1998. En él se integraron sus “socios”, como Julio Grondona, Nicolás Leoz, José María Marín y el suizo Joseph Blatter (que sucedería a Havelange en la presidencia de la entidad y que aún continúa en el cargo). La propia elección de Havelange estuvo asociada a la corrupción. En un libro sobre la FIFA (2), el periodista investigativo escocés Andrew Jennings denuncia que el director de la empresa Adidas (Horst Dassler, amigo personal de Havelange) compró votos de delegados indecisos para asegurar la primera elección de Havelange. Y que, dos años después, el brasileño le retribuyó el “favor” otorgando a Adidas los derechos de marketing de elementos deportivos y sobre la trasmisión de los principales torneos mundiales (a través de una empresa asociada a Adidas: la ISL). Joseph Blatter amplió este esquema a otras empresas deportivas y televisivas, y aumentó el volumen de negocios, en la medida que la televisión llegaba a miles de millones de personas y, con ello, se valorizaban cada vez más los derechos de transmisión. También aumentaba el valor del marketing de productos deportivos y otros (como bebidas) que lograban asociar su imagen a las Copas. Para cimentar su poder, al igual que Havelange, se apoyó en la ampliación del número de selecciones participantes que en España 1982 pasaron de las tradicionales 16 a 24, y a partir de Francia 1998 a 32. Los principales beneficiados con este aumento fueron los países africanos, asiáticos y latinoamericanos. Puede verse como una “democratización” de los mundiales pero esa ampliación le permitió a Blatter armarse de una “base propia” de delegados de muchas federaciones d e estos continentes y así asegurarse varias reelecciones. Aunque, como veremos más adelante, lo “alejó” de la entidad europea (UEFA). Los manejos turbios no se limitaron a estos temas. Es vox populi que la elección de las sedes de los mundiales también se dirime en un terreno donde juegan fuerte el dinero y las movidas políticas. Fue el caso de la elección de Sudáfrica para la Copa 2010: no sólo satisfacía a las federaciones africanas sino que también era “políticamente correcto”. La elección de Brasil 2014 estuvo plagada de sospechas de compra de votos y la votación por Qatar 2022 (un país con muy poca tradición futbolística pero mucho dinero) fue claramente “vendida” en detrimento de la postulación de una nueva copa en EE.UU. Algunas precisiones Para completar este análisis, se hacen necesarias algunas precisiones. En primer lugar, es imposible creer que, a pesar de no estar incluido en la denuncia, Joseph Blatter no forma parte de este sistema de sobornos y corrupción. En segundo lugar, ¿por qué el departamento de Justicia de EE.UU. presentó la denuncia? No me trago que quiera hacer una cruzada por la honestidad de los negocios en el fútbol mundial o que esté preocupado porque bancos estadounidenses sean instrumentos de flujo de dinero de corrupción y sobornos. Es el mismo Departamento que, entre otras cosas, no consideró necesario denunciar e investigar los impresionantes negociados con obras de “reconstrucción” de Irak de la empresa Halliburton (del ex presidente de Bush, Dick Cheney) o muchos otros. Mi hipótesis es que se trata de una jugada por el que varias grandes empresas televisivas estadounidenses de transmisión de deportes (que hoy casi no participan del negocio del fútbol o lo hacen de modo secundario) quieren hacer presión para “morder” una porción mayor y, para ello, necesitan desplazar al equipo de Blatter o, por lo menos, obligarlo a “abrir el juego”. También pesó el hecho de la no elección de EEUU para el mundial 2022. En tercer lugar, está la posición del francés Michel Platini (un gran ex jugador de fútbol, actual presidente de la UEFA) quien denunció que “la corrupción está profundamente arraigada en la cultura de la FIFA”, reclamó la necesidad de “una reforma estructural de la entidad” y la postergación de la asamblea que comenzó a partir del viernes 29 de mayo, en la que Blatter se postula por una nueva reelección. El actual presidente no postergó la reunión, manifestó que no renunciará ni bajaría su postulación a un nuevo período, por lo que la UEFA pidió su renuncia y apoyó a su opositor, un príncipe jordano Desde su elección en la UEFA, en 2007, Platini se ha ubicado como opositor a Blatter y ha utilizado la cuestión de la corrupción como crítica central. Él expresa a las federaciones más importantes del fútbol europeo (las “dueñas” de las más poderosas competencias de fútbol de clubes) que se consideran perjudicadas por la “ampliación” del número de selecciones participantes en los mundiales. En la Copa de 1978, Europa tuvo 10 participantes sobre 16 (62,5%) mientras que en la de 2014 fueron 13 sobre 32 (41%) En oposición a las copas con 32 equipos, existe un proyecto de estructurar la competencia de modo similar a la forma que tiene la Copa Davis en tenis: una categoría A, con las 16 selecciones más fuertes (si se toma el actual ranking de la FIFA, en esas primeras posiciones, Europa tiene 9) que jugarían la competencia principal (cada dos años); un mundial B (en las siguientes 16 posiciones, Europa tiene 10) y las demás selecciones participarían en competencias regionales. Entre las distintas categorías, se establecerían sistemas de ascensos y descensos de acuerdo a los resultados obtenidos Platini tampoco está realmente en una cruzada de honestidad. Él defiende este proyecto que favorecería claramente a las federaciones europeas (claro que dejando algún espacio para las potencias latinoamericanas como Brasil, Argentina y México, e incluso a EEUU) y, al mismo tiempo, que estas federaciones tengan una participación mayor en los negocios de la televisación. Ese es el sentido de su oposición a Blatter (cuyo equipo se ha transformado en una camarilla cerrada y corrupta) y la base de su ambición de llegar a la presidencia de la FIFA A pesar del escándalo, Blatter fue reelecto hasta 2019. La votación muestra que la FIFA está podrida hasta la médula. Por el otro que, en el marco de esta podredumbre, se abre una profunda crisis entre la conducción de Blatter y varias de las federaciones en las que están los países futbolísticamente más poderosos. No puede descartarse incluso que esta crisis, con mucho dinero y poder en juego, termine en una escisión ¿Qué hacer con el fútbol? En la realidad del fútbol profesional actual se combinan varios niveles. En la base, está un deporte que, cuando es bien jugado, resulta hermoso. Alrededor de ese deporte, surgió lo que un viejo comentarista radial argentino llamó “pasión de multitudes”. El capitalismo, que transforma todo en mercancía y lo corrompe, utilizó esta popularidad para construir una inmensa estructura de “show business” (negocio del espectáculo), primero con las ventas de ingresos a los estadios y luego con las transmisiones televisivas y el marketing. Otro componente es la utilización política de esta pasión por parte de gobiernos nacionales y de niveles menores (el famoso “pan y circo” de los romanos que, a medida que disminuye el “pan” deben aumentar el “circo”). De modo más reciente, en muchos países y en la propia FIFA, ha comenzado a impulsarse el “modelo NBA” (la poderosísima liga de básquetbol de EE.UU.): restringir el acceso a los estadios a una elite (a través de abonos e ingresos carísimos) y vender la televisación para los millones de aficionados de menores ingresos. Basta como ejemplo ver el precio de los ingresos en el reciente mundial de Brasil que superaban varias veces un salario mínimo mensual de un trabajador brasileño. Para recuperar los aspectos esenciales del fútbol (el hermoso deporte y la pasión popular) es necesario acabar con el “show business”, es decir con la explotación capitalista del deporte y la pasión. Junto con la eliminación de esta explotación también será eliminada la corrupción (como la que ahora se denuncia en la FIFA) porque esta es un subproducto de ella. La forma de lograrlo es relativamente sencilla: que el Estado se haga cargo de la transmisión gratuita de los espectáculos futbolísticos y garantice el acceso gratuito o barato a los estadios (en este último caso, implementando mecanismos de rotación o sorteos de asistencia entre los interesados). Y que esto sea parte del acceso a la práctica deportiva gratuita (no sólo del fútbol sino de otros deportes) de niños y jóvenes. En Argentina, el gobierno ha estatizado la transmisión televisiva de los torneos locales de fútbol y los ofrece gratuitamente a la población. Claro que el objetivo del gobierno kirchnerista al llevar adelante esa medida (muy progresiva en sí misma) fue utilizarla modo demagógico al servicio político de su proyecto burgués. Pero es una muestra de que la propuesta es posible y para impedir su utilización al estilo kirchnerista, debe estar acompañada de mecanismos de control popular Que la propuesta sea relativamente sencilla no significa que sea fácil de conquistar: las empresas capitalistas defenderán su negocio con uñas y dientes. En última instancia, sólo el socialismo (con una economía estatal planificada centralmente al servicio de las necesidades del pueblo) permitirá disfrutar sin intermediarios de lo más hermoso del fútbol: su práctica y la pasión popular 1/ http://litci.org/index.php/brasil/item/394-mundial-de-futbol-la-fifa-gana-el-pueblo-brasileno-pierde#.VWcJ2c9Viko 2 / Foul! The Secret World of FIFA: Bribes, Vote-Rigging and Ticket Scandals, (Falta! El mundo secreto de la FIFA: sobornos, esquema de votos y escándalos con los ingresos) – 2006 Uruguay
Izquierda Socialista De Los Trabajadores IST –LCI
Argentina :
Victoria!
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario